En el siguiente artículo encontrará paso a paso de donde se configura la tabla del impuesto sobre renta para el cálculo del impuesto sobre el salario.
1. Ingresamos a la pantalla de Recursos Humanos>Mantenimientos>Impuesto de renta.
2. Una vez en la pantalla damos clic al botón de nuevo, e indicamos el rango de fechas del periodo fiscal que se desea agregar (en este escenario vamos agregar el periodo fiscal 2022), también agregaremos los créditos familiares tanto como del cónyuge y de los hijos (ambos valores se debe agregar el valor correspondiente mensual). Clic en Salvar.
3.Nos mantenemos en la pantalla y empezaremos agregar la tabla del impuesto sobre la renta del salario tal y como el Ministerio de Hacienda nos lo indica, para eso debemos de darle clic al botón secundario de Nuevo.
4. Cada línea agregar se le debe de dar clic al botón secundario de Nuevo, hasta completar la tabla. En cada fila correspondientes agregar la tarifa del porcentaje a calcular. Una vez terminada la tabla finalizamos con darle clic a Salvar.
Con esta tabla el sistema aplicará el calculo del impuesto de la renta al salario, de aquel colaborador que supere el tope de dicha tabla, realizándolo en manera fraccionada tal y como lo solicita la administración tributaria. Dicho salario lo toma en cuenta de acuerdo al salario devengado en el pago de nómina y de manera automática realizara el cálculo.
5. Si al colaborador necesitamos que se le apliquen los créditos fiscales se debe de realizar la configuración:
a. Ingresamos a la pantalla de Recursos Humanos>Mantenimientos>Empleados.
b. Una vez en la pantalla nos vamos a la pestaña de Datos de Pago y ahí es donde se le indicaría la cantidad de hijos y si tiene cónyuge.
c. Finaliza la configuración dándole clic al botón de salvar.
Importante: La retención del impuesto sobre la renta al salario se verá reflejado de acuerdo a la forma de pago de cada colaborador y lo más cercano a los 5 últimos días del mes de manera automática.
*Forma semanal: Se ve reflejado por lo general en la cuarta semana.
*Forma quincenal: Se ve la retención en la segunda quincena.
*Forma mensual: Se ve reflejado en la única nómina.